En nuestro país se ha diseñado una normativa muy específica con el fin de conseguir, si no evitar los incendios, al menos de proteger a las personas y recursos que se encuentran dentro de los establecimientos industriales y alrededor de los mismos. Desde nuestro blog de Control Ignífugo os acercamos algunas líneas básicas sobre las normas de seguridad contra incendios en establecimientos industriales. 

Seguridad contra incendios en establecimientos industriales

Previamente a la puesta en marcha de la actividad industrial en un establecimiento se requiere la presentación de un certificado ante el órgano competente de la comunidad autónoma. Dicho certificado debe ser emitido por un técnico titulado que cuente con el visado por parte del colegio oficial que corresponda. En el documento se determinará si el establecimiento cumple con las garantías, condiciones y prescripciones reglamentarias que exija la normativa.

Normas de seguridad contra incendios en establecimientos industriales

Evacuación del edificio

En caso de incendio se procederá a la evacuación de las personas que se encuentren en su interior. Se trata de un proceso peligroso en el que se debe evitar el pánico entre la gente y disponer de una salida a través de elementos comunes del establecimiento, siempre que el acceso a los mismos se lleve a cabo a través de un vestíbulo previo. Si el número de empleados de la empresa asciende o supera las 50 personas, el edificio deberá poseer una salida independiente del resto del edificio.

Normas de seguridad contra incendios en establecimientos industriales

Inspecciones

Los titulares de los establecimientos industriales tendrán que solicitar al organismo dedicado al control y aplicación de la aplicación de la normativa la inspección de sus instalaciones. Durante estas inspecciones se comprobará que no se han dado cambios en la actividad industrial ni ampliaciones en el edificio; así como que la tipología del establecimiento se ha mantenido.

¿Qué hacer después de un incendio?

El titular del establecimiento industrial deberá dirigirse al órgano correspondiente de la comunidad autónoma en la que se encuentre, en un plazo máximo de 15 días, para informar si se dieran las circunstancias que siguen a continuación:

  • Que se haya paralizado la actividad industrial total o parcial superior a 14 días.
  • Que los daños materiales superen los 30.000 euros.
  • Que se hayan producido daños personales que requirieran atención médica externa.

seguridad contra incendios

El órgano correspondiente iniciará entonces una profunda investigación, con el apoyo de especialistas y técnicos profesionales, para determinar las causas que produjeron el incendio.

Estas normas de seguridad contra incendios en establecimientos industriales las podréis encontrar de manera más amplia en nuestra página. Para cualquier duda, llamadnos y os ayudaremos al respecto.